CONTINGENCIAS, COMPROMISOS E INCERTIDUMBRES CONTINGENCIA
Es
la probabilidad de que suceda o no suceda. Se considera contingencia a aquellos
hechos, situaciones o conjunto de circunstancias posibles que, al
materializarse en un hecho real, pueden tener incidencia significativa, la que
puede influir de forma positiva o negativa, en el patrimonio o a la cuenta de
resultados.
Son
situaciones conocidas, en suspenso, que mediante la realización de un evento o
suceso futuro incierto pueden convertirse en realidad y llegar a afectar los
activos, pasivos, y resultados de una empresa.
Su
característica más importante es la incertidumbre o riesgo inherente. Se
denomina contingencia a una
situación o conjunto de circunstancias
que involucran cierto grado de incertidumbre, y que puede resaltar a través de
la consumación de un hecho, en la adquisición o perdida de un activo en el
origen de cancelación de un pasivo que generalmente trae como consecuencia una
utilidad o una perdida.
Contingencias y
compromisos: Se
denominan también pasivos contingentes y está constituido por las obligaciones
que están sujetas a la realización de un hecho, que pueden desaparecer o
convertirse en pasivos reales.
Se mencionan algunos
ejemplos como:
a. Juicios.
b. Reclamaciones con
terceros en relación con productos que se le vendieron.
c. Garantías “por
servicio de productividad”
d. Avales.
e. Jubilaciones.
f.
Indemnizaciones
Incertidumbre:
Se entiende por
incertidumbre una situación en la cual no se conoce completamente la
probabilidad de que ocurra un determinado evento.
La
existencia de incertidumbre hace que no pueda conocerse de antemano el
resultado de una Acción o que, en otras palabras, pueda suceder
algo diferente a lo esperado.
NIC 37: Esta Norma (NIC 37) prescribe la
contabilización y la información financiera a suministrar cuando se haya dotado
una provisión, o bien cuando existan activos y pasivos de carácter contingente,
exceptuando los siguientes:
-
Aquéllos que se deriven de los instrumentos financieros que se
contabilicen según su valor razonable;
-
Aquéllos que se deriven de los contratos pendientes de ejecución, salvo
si el contrato es de carácter oneroso y se prevén pérdidas. Los contratos
pendientes de ejecución son aquéllos
en los que las partes no han cumplido
ninguna de las obligaciones a las que se comprometieron, o bien aquéllos en los
que ambas partes han ejecutado parcialmente, y en igual medida, sus
compromisos;
-
Aquéllos que aparecen en las compañías de seguros, derivados de las
pólizas de los asegurados; o
-
Aquéllos de los que se ocupe alguna otra Norma Internacional de
Contabilidad.
NIC 19: Beneficios a los empleados son todas las formas de contraprestación concedida por una entidad a cambio de los servicios prestados por los empleados o por indemnizaciones por cese.
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable y la
información a revelar sobre los beneficios a los empleados. La Norma requiere
que una entidad reconozca:
·
un pasivo cuando el empleado ha prestado servicios a cambio de beneficios a los
empleados a pagar en el futuro; y
·
un gasto cuando la entidad consume el beneficio económico procedente del
servicio prestado por el empleado a cambio de los beneficios a los empleados.
Esta Norma se aplicará por los empleadores al contabilizar todos los
beneficios a los empleados, excepto aquéllos a las que sea de aplicación la
NIIF 2 Pagos Basados en Acciones.
Beneficios a los empleados a corto plazo: Beneficios a los empleados a corto plazo, son
beneficios a los empleados (diferentes de las indemnizaciones por cese) que se
espera liquidar totalmente antes de los doce meses siguientes al final del
periodo anual sobre el que se informa en el que los empleados hayan prestado
los servicios relacionados.
Otros beneficios a los empleados a largo plazo: Otros beneficios a los empleados a largo plazo, son
todos los beneficios a los empleados diferentes de los beneficios a los
empleados a corto plazo, beneficios posteriores al periodo de empleo e
indemnizaciones por cese.
Beneficios por terminación: Beneficios por terminación son los beneficios a los
empleados proporcionados por la terminación del periodo de empleo de un
empleado como consecuencia de:
-
una
decisión de la entidad de terminar el contrato del empleado antes de la fecha
normal de retiro; o
-
la
decisión del empleado de aceptar una oferta de beneficios a cambio de la
terminación de un contrato de empleo.
Una entidad reconocerá un pasivo y un gasto por beneficios por
terminación en la primera de las siguientes fechas:
-
cuando la
entidad ya no pueda retirar la oferta de esos beneficios; y
-
el
momento en que la entidad reconozca los costos por una reestructuración que
quede dentro del alcance de la NIC 37 e involucre el pago de los beneficios por
terminación.
Beneficios post-empleo: Beneficios post-empleo son beneficios a los
empleados (diferentes de las indemnizaciones por cese y beneficios a los
empleados a corto plazo) que se pagan después de completar su periodo de
empleo. Planes de beneficios post-empleo son acuerdos, formales o informales,
en los que una entidad se compromete a suministrar beneficios a uno o más
empleados tras la terminación de su periodo de empleo. Los planes de beneficio
post-empleo se pueden clasificar como planes de aportaciones definidas o de
beneficios definidos, según la esencia económica que se derive de los
principales términos y condiciones contenidos en ellos.
Tipos de Beneficios:
- Por
terminación de contratos (Finalización de contrato distinto a la jubilación)
- De
corto plazo (menor o igual a un año)
- De
largo plazo (mayo a un año)
Provisiones: En la
Norma se definen las provisiones como pasivos sobre los que existe
incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento. Se debe reconocer una
provisión cuando, y sólo cuando, se dan las siguientes circunstancias:
·
la empresa tiene una
obligación presente (de carácter legal o implícita por la entidad), como
resultado de un suceso pasado;
·
es probable (es
decir, existe mayor posibilidad de que se presente que de lo contrario) que la
empresa tenga que desprenderse de recursos que comporten beneficios económicos
para cancelar la obligación; y
·
además, puede estimarse de manera fiable el importe
de la deuda correspondiente. En la Norma se hace notar que sólo en casos
extremadamente raros no será posible la estimación de la cuantía de la deuda.
En la Norma se define una obligación implícita como aquélla obligación
que se deriva de las actuaciones de la propia empresa, en la que:
Debido a un patrón establecido de comportamiento en el pasado, a
políticas empresariales que son de dominio público o a una declaración real
suficientemente concreta, la entidad haya puesto de manifiesto ante terceros
que está dispuesta a aceptar cierto tipo de responsabilidades.
Las provisiones tienen como fin cubrir determinados gastos,
perdidas o deudas probables o ciertas, pero determinadas en cuanto a su importe
o en cuanto a la fecha que se van a producir.
Ejemplo cuando la empresa ha sido objeto de una demanda
judicial, puede no quedar claro si la misma tiene una obligación presente. En
tales circunstancias, se considera que el suceso ocurrido en el pasado ha dado
lugar a una obligación presente si, teniendo en cuenta toda la evidencia
disponible en la fecha del balance, es mayor la probabilidad de que exista una
obligación presente que de lo contrario. La empresa procederá a reconocer una
provisión para cubrir tal obligación presente siempre que se cumplan el resto
de las condiciones para su reconocimiento descritas en párrafos anteriores. Si
hay menos probabilidad de que la obligación presente exista que de lo contrario,
la empresa procederá a revelar la existencia de una obligación contingente,
salvo en el caso de que sea remota la posibilidad de salida de recursos que
incorporen beneficios económicos para cancelarla.
Las
provisiones deben ser objeto de revisión en cada fecha del balance, y ajustadas
consiguientemente para reflejar en cada momento la mejor estimación disponible.
Cuando ya no sea probable que vayan a salir de la empresa recursos, que
incorporen beneficios económicos, para satisfacer la obligación, la provisión
debe ser objeto de reversión. La provisión debe ser utilizada para cubrir
únicamente los desembolsos para los que fue originalmente reconocida.
Provisiones
de activo. Suponen la constatación
contable disminución de valor en los elementos del activo. Su finalidad es
disminuir el valor de los bienes y derechos que aparecen en el balance ya sea
por haber disminuido el valor del precio del mercado por debajo del valor neto
contabilizado, o bien porque existe una gran posibilidad de no cobrar el
importe de los derechos.
Normas de
información financiera: La norma
requiere que el auditor se informe adecuadamente de las situaciones
contingentes, que de realizarse, podrían afectar, positiva o negativamente a la
empresa, y que se registre, una provisión del pasivo.
Indica que los gastos deben registrarse cuando se
conocen y justifican la provisión de un pasivo que, aun sin ser exigible
formalmente por un suceso ya concluido. Si se trata de activos contingentes
recomienda que no se registren los mismos hasta que se tenga el derecho de
exigir el beneficio, en un monto y plazo preciso, contra el deudor plenamente
identificado.
Objetivos
a.
Determinar que todas las contingencias importantes estén reveladas
adecuadamente en los estados financieros.
b.
Determinar el grado de certeza o posibilidad de que la contingencia se realice.
c. Cuantificar su importancia e
impacto probable en los estados financieros.
Control
interno. El aspecto más relevante en el
control interno es: Una comunicación oportuna y efectiva, a contabilidad de
todos los actos y decisiones de la Dirección, el Consejo de Administración y la
Asamblea de Accionistas, para el registro oportuno y adecuado para los hechos
que provoquen operaciones contingentes.
Procedimientos
de auditoria
a.
Investigación con funcionarios y revisión de actas. Se realiza para conocer las
decisiones que se hayan establecido sobre las contingencias.
b.
Confirmación con abogados. Se solicita información sobre los juicios
tramitados, su opinión respecto al
posible resultado.
c.
Revisión de operaciones subsecuentes. Consiste en revisar el desarrollo de la
empresa, después de la fecha de cierre y concluir si algunas situaciones
estimadas como contingentes a dicha fecha, efectivamente se realizaron o no.
d. Declaración “Carta a la
gerencia”. Es una declaración de la administración en la que se informa que las
operaciones registradas están completas
y que no existe alguna otra de importancia que no haya sido revelada en los
estados financieros.
No hay comentarios:
Publicar un comentario