Y GASTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
Según mi apreciación la auditoria sobre estos rubros, persigue objetivos específicos a fin de determinar la razonabilidad de las operaciones realizadas por la empresa, para la cual observará, como mínimo los siguientes aspectos:
1. Que las operaciones sean reales.
2. Que correspondan a la empresa.
3. Que se encuentren debidamente documentadas.
4. Que han sido representadas apropiadamente en los Estados Financieros.
DIETA: Es la remuneración
que paguen o acrediten empresas o entidades domiciliadas en el país, a miembros
de directorios, consejeros empleados, socios o consejeros de sociedades
anónimas, administradores de sociedades en comandita por acciones, que sean sus
principales accionistas. Y otros organismos directivos que actúen en el
exterior.
¿Quiénes pueden cobrar Dietas? Empleados en general,
Socios o consejeros de sociedades anónimas, o administradores de
sociedades en comandita por acciones, que sean sus principales accionistas.
Cónyuges y parientes consanguíneos dentro de los grados de
ley, de tales socios, consejeros o administradores
Para las personas que va a cobrar dietas en caso de no ser
empleado ni contribuyente en la Superintendencia de Administración Tributaria
SAT, le toca proceder a realizar su respectiva inscripción como contribuyente y
solicitar la autorización de facturas para entregarlas al momento de recibir la
respectiva dieta por parte de las organizaciones que se la otorguen
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