La Norma
Internacional de Auditoría 810 constituye una guía en cuanto a las
responsabilidades que debe enfrentar un auditor cuando decide informar sobre
estados financieros resumidos.
La norma internacional de auditoria 810
presenta las responsabilidades del auditor relacionadas con un trabajo para
dictaminar estados financieros resumidos derivados de los estados financieros
auditados.
Definición
Los criterios usados por la administración para la
elaboración de los estados financieros resumidos. Estados financieros que
audita el auditor de acuerdo a las normas internacionales de auditoria, y de
los cuales se derivan los estados financieros resumidos. Representación
estructurada de la información financiera histórica relacionada con los estados
financieros, referente a un periodo especifico.
Trata de las
responsabilidades que tiene el auditor en relación con un encargo para informar
sobre unos estados financieros resumidos derivados de unos estados financieros
auditados por dicho auditor de conformidad con las NIAS.
Los objetivos del auditor son:
-Determinar
si es adecuado aceptar el encargo para informar sobre los estados financieros
resumidos; y
-Si se le
contrata para informar sobre unos estados financieros resumidos:
-Formarse una
opinión sobre los estados financieros resumidos basada en una evaluación de las
conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría obtenida; y
-Expresar
claramente dicha opinión en un informe escrito que describa asimismo el
fundamento de dicha opinión.
Aceptación del trabajo: El auditor deberá aceptar
el trabajo de los estados financieros
resumidos cuando sea contratado para auditar también los estados financieros de
los cuales se derivan. Cuando va a aceptar el trabajo, el auditor deberá
determinar si es adecuada la aplicación de los criterios, obtener el acuerdo
con la administración para la conducción de la auditoria reconociendo sus
responsabilidades, y dictaminar sobre los estados financieros resumidos.
Naturaleza de los procedimientos: El auditor deberá realizar los
procedimientos de auditoria que determine necesarios para la auditoria como:
evaluar si los estados financieros resumidos identifican adecuadamente los
estados financieros auditados y la información presentada concuerda.
Forma de la opinión: Cuando el auditor ha concluido
que puede utilizar una opinión no modificada, deberá expresar que los estados
financieros resumidos son consistentes y presentan un resumen razonable de los
estados financieros auditados. La fecha del dictamen debe determinarse luego de
haber obtenido la suficiente y apropiada evidencia de auditoria sobre la cual
soportar su opinión.
En su dictamen el auditor deberá informar si la opinión
presentada es calificada, adversa o una abstención de opinión, y las razones
para estas opiniones.
Restricción de la distribución o el uso alerta para
los lectores sobre la base de contabilidad: Si los estados financieros auditados tienen
restricciones sobre su uso o presentan una alerta para los usuarios a cerca que
los estados financieros auditados están preparados de acuerdo a un marco de
referencia de propósito especial, el auditor debe incluir esta información en
su opinión sobre los estados financieros resumidos.
Comparativos: cuando los estados financieros auditados contienen
comparativos, pero los estados financieros resumidos no, el auditor debe
determinar las implicaciones de esta omisión.
Información complementaria no auditada, presentada
con estados financieros resumidos: El auditor debe evaluar si cualquier información
complementaria no auditada está claramente diferenciada de los estados
financieros resumidos, si no lo eta el auditor debe solicitar a la
administración que cambie la presentación de la información.
Otra información en documentos que contienen
estados financieros resumidos: El auditor debe leer otra información contenida en
el documento de los estados financieros para identificar cualquier
inconsistencia de importancia relativa.
Asociación del auditor: El auditor debe solicitar a la
administración que incluya el dictamen del auditor sobre los estados
financieros resumidos, si a administración se niega a realizarlo, el auditor
debe tomar las medidas apropiadas.
Aceptación del encargo
El auditor únicamente aceptará un encargo para
informar sobre unos estados financieros resumidos de conformidad con esta NIA
cuando haya sido contratado para realizar la auditoría de los estados
financieros de los que se deriven los estados financieros resumidos, de
conformidad con las NIA.
Opinión modificada sobre los estados financieros
resumidos
Si los estados financieros resumidos no son
congruentes, en todos los aspectos materiales, con los estados financieros
auditados o no constituyen un resumen fiel de estos, de conformidad con los
criterios aplicados, y si la dirección rehúsa realizar los cambios necesarios,
el auditor expresará una opinión desfavorable sobre los estados financieros
resumidos.
Criterios:
Los factores que pueden influir en la determinación por el auditor de la aceptabilidad de los criterios aplicados incluyen los siguientes:
Los factores que pueden influir en la determinación por el auditor de la aceptabilidad de los criterios aplicados incluyen los siguientes:
- La naturaleza de la entidad.
- La finalidad de los estados financieros resumidos;
- Las necesidades de información de los usuarios a los. que se destinan los estados financieros resumidos; y
Si los criterios aplicados tienen como resultado
unos estados financieros resumidos que no inducen a error en las
circunstancias.
Un auditor
que desee aceptar un encargo de revisión de estados financieros resumidos y por
tanto requiera hacerse una opinión sobre dichos informes haciendo una
evaluación de las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría que
obtenga, además de expresar su opinión en un informe escrito en el que sustente
los argumentos y fundamentos base de dicha opinión, deberá tener pleno
conocimiento de las indicaciones contenidas en la Norma Internacional de
Auditoría –NIA– 810.
Puntos
a tener en cuenta antes de aceptar el encargo
El auditor que se vea ante la
posibilidad de enfrentar un encargo para informar sobre los estados financieros
resumidos, en concordancia con las indicaciones de la NIA 810, deberá:
Establecer la responsabilidad de la
administración frente a la preparación de los estados financieros resumidos, de
conformidad con los criterios aplicados.
Verificar que la administración reconoce
y comprende su responsabilidad frente a la obligación de poner los estados
financieros auditados en plena posibilidad de consulta por parte de los
usuarios objetivo, gestionando el mínimo nivel posible de dificultad para su consulta.
Acordar la obligación de la
administración de incluir en el informe de auditoría sobre los estados
financieros resumidos, cualquier documento que contenga dichos estados
financieros y en el que se indique que el auditor ha emitido un informe sobre
estos.
Llegar a un acuerdo con la
administración respecto de la forma y los términos en los cuales el auditor
expresará su opinión sobre los estados financieros resumidos.
Procedimientos
recomendados para la labor
Verificar que
los estados financieros resumidos cuentan con revelación plena de los criterios
que la administración tuvo en cuenta para realizar dicho trabajo de síntesis.
Comparar
los estados financieros resumidos con su correspondiente contraste en los
estados financieros auditados, a fin de determinar si realmente
existe concordancia entre las cifras presentadas en uno y otro informe o si hay
posibilidad de realizar re cálculos a partir de la correspondiente información
en los estados financieros auditados.
Evaluar la pertinencia de la información
que se seleccionó para los estados financieros resumidos, bajo el derrotero de
si tienen o no información necesaria y si su nivel de agregación es adecuado,
por lo cual no hay lugar a inducción a error.
Confirmar que la organización cumple con
su obligación de poner tanto los estados financieros resumidos, como los
completos auditados, en conocimiento del público, sin excesiva dificultad, a no
ser que alguna disposición legal acredite para lo contrario.
Elementos
del informe de auditoría
El informe de auditoría sobre los
estados financieros resumidos tendrá los siguientes apartes:
1. Título que indique claramente la
finalidad del informe del auditor.
2. Destinatario.
3. Introducción que incluya:
a. Identificación de los estados
financieros resumidos sobre los que se informa.
b. Identificación de los estados
financieros auditados.
c. Mención a los datos relacionados con
el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados.
d. Verificación de que la fecha del
informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos es posterior a la
fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados.
Requisitos de la aceptación del trabajo
I) Preparar los estados financieros resumidos de acuerdo con los criterios aplicados;
II) Poner los
estados financieros auditados a disposición de los usuarios a quienes se
destinan los estados financieros resumidos, sin excesiva dificultad.
III) Incluir
el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos en cualquier
documento que contenga los estados financieros resumidos e indicar que el
auditor ha emitido un informe sobre ellos.
Acordar con la dirección la forma de la opinión que se ha de expresar sobre los estados financieros resumido.
El auditor
incluirá una referencia apropiada a este hecho en los términos del encargo.
El auditor determinara el efecto que esto puede tener sobre el encargo para auditar los estados financieros de los cuales se derivan los estados financieros resumidos.
Naturaleza de los Procedimientos
El auditor deberá realizar los siguientes procedimientos, y cualquier otro procedimiento que considere necesario, como base para la opinión del auditor sobre los estados financieros resumidos:
Evaluar si los estados financieros resumidos revelan adecuadamente el hecho de ser resumidos e identifican los estados financieros auditados.
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata sobre las responsabilidades del auditor relacionadas con un trabajo para informar estados financieros resumidos derivados de los estados financieros auditados, de acuerdo con las NIAS.
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