jueves, 3 de noviembre de 2016

Dictámenes Sobre Estados Financieros Resumidos NIA 810






La Norma Internacional de Auditoría 810 constituye una guía en cuanto a las responsabilidades que debe enfrentar un auditor cuando decide informar sobre estados financieros resumidos.

La norma internacional de auditoria 810 presenta las responsabilidades del auditor relacionadas con un trabajo para dictaminar estados financieros resumidos derivados de los estados financieros auditados.

Definición
Los criterios usados por la administración para la elaboración de los estados financieros resumidos.  Estados financieros que audita el auditor de acuerdo a las normas internacionales de auditoria, y de los cuales se derivan los estados financieros resumidos. Representación estructurada de la información financiera histórica relacionada con los estados financieros, referente a un periodo especifico.

Trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con un encargo para informar sobre unos estados financieros resumidos derivados de unos estados financieros auditados por dicho auditor de conformidad con las NIAS.

Los objetivos del auditor son:
-Determinar si es adecuado aceptar el encargo para informar sobre los estados financieros resumidos; y
-Si se le contrata para informar sobre unos estados financieros resumidos:
-Formarse una opinión sobre los estados financieros resumidos basada en una evaluación de las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría obtenida; y
-Expresar claramente dicha opinión en un informe escrito que describa asimismo el fundamento de dicha opinión.
Aceptación del trabajo: El auditor deberá aceptar el trabajo de  los estados financieros resumidos cuando sea contratado para auditar también los estados financieros de los cuales se derivan. Cuando va a aceptar el trabajo, el auditor deberá determinar si es adecuada la aplicación de los criterios, obtener el acuerdo con la administración para la conducción de la auditoria reconociendo sus responsabilidades, y dictaminar sobre los estados financieros resumidos.
Naturaleza de los procedimientos: El auditor deberá realizar los procedimientos de auditoria que determine necesarios para la auditoria como: evaluar si los estados financieros resumidos identifican adecuadamente los estados financieros auditados y la información presentada concuerda.
Forma de la opinión: Cuando el auditor ha concluido que puede utilizar una opinión no modificada, deberá expresar que los estados financieros resumidos son consistentes y presentan un resumen razonable de los estados financieros auditados. La fecha del dictamen debe determinarse luego de haber obtenido la suficiente y apropiada evidencia de auditoria sobre la cual soportar su opinión.
En su dictamen el auditor deberá informar si la opinión presentada es calificada, adversa o una abstención de opinión, y las razones para estas opiniones.
Restricción de la distribución o el uso alerta para los lectores sobre la base de contabilidad: Si los estados financieros auditados tienen restricciones sobre su uso o presentan una alerta para los usuarios a cerca que los estados financieros auditados están preparados de acuerdo a un marco de referencia de propósito especial, el auditor debe incluir esta información en su opinión sobre los estados financieros resumidos.
Comparativos: cuando los estados financieros auditados contienen comparativos, pero los estados financieros resumidos no, el auditor debe determinar las implicaciones de esta omisión.
Información complementaria no auditada, presentada con estados financieros resumidos: El auditor debe evaluar si cualquier información complementaria no auditada está claramente diferenciada de los estados financieros resumidos, si no lo eta el auditor debe solicitar a la administración que cambie la presentación de la información.
Otra información en documentos que contienen estados financieros resumidos: El auditor debe leer otra información contenida en el documento de los estados financieros para identificar cualquier inconsistencia de importancia relativa.
Asociación del auditor: El auditor debe solicitar a la administración que incluya el dictamen del auditor sobre los estados financieros resumidos, si a administración se niega a realizarlo, el auditor debe tomar las medidas apropiadas.
Aceptación del encargo
El auditor únicamente aceptará un encargo para informar sobre unos estados financieros resumidos de conformidad con esta NIA cuando haya sido contratado para realizar la auditoría de los estados financieros de los que se deriven los estados financieros resumidos, de conformidad con las NIA.
Opinión modificada sobre los estados financieros resumidos
Si los estados financieros resumidos no son congruentes, en todos los aspectos materiales, con los estados financieros auditados o no constituyen un resumen fiel de estos, de conformidad con los criterios aplicados, y si la dirección rehúsa realizar los cambios necesarios, el auditor expresará una opinión desfavorable sobre los estados financieros resumidos.
Criterios:
Los factores que pueden influir en la determinación por el auditor de la aceptabilidad de los criterios aplicados incluyen los siguientes:
  • La naturaleza de la entidad.
  • La finalidad de los estados financieros resumidos;
  • Las necesidades de información de los usuarios a los. que se destinan los estados financieros resumidos; y
Si los criterios aplicados tienen como resultado unos estados financieros resumidos que no inducen a error en las circunstancias.
Un auditor que desee aceptar un encargo de revisión de estados financieros resumidos y por tanto requiera hacerse una opinión sobre dichos informes haciendo una evaluación de las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría que obtenga, además de expresar su opinión en un informe escrito en el que sustente los argumentos y fundamentos base de dicha opinión, deberá tener pleno conocimiento de las indicaciones contenidas en la Norma Internacional de Auditoría –NIA– 810.

Puntos a tener en cuenta antes de aceptar el encargo
El auditor que se vea ante la posibilidad de enfrentar un encargo para informar sobre los estados financieros resumidos, en concordancia con las indicaciones de la NIA 810, deberá:
Establecer la responsabilidad de la administración frente a la preparación de los estados financieros resumidos, de conformidad con los criterios aplicados.

Verificar que la administración reconoce y comprende su responsabilidad frente a la obligación de poner los estados financieros auditados en plena posibilidad de consulta por parte de los usuarios objetivo, gestionando el mínimo nivel posible de dificultad para su consulta.

Acordar la obligación de la administración de incluir en el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos, cualquier documento que contenga dichos estados financieros y en el que se indique que el auditor ha emitido un informe sobre estos.

Llegar a un acuerdo con la administración respecto de la forma y los términos en los cuales el auditor expresará su opinión sobre los estados financieros resumidos.

Procedimientos recomendados para la labor
Verificar que los estados financieros resumidos cuentan con revelación plena de los criterios que la administración tuvo en cuenta para realizar dicho trabajo de síntesis.

Comparar los estados financieros resumidos con su correspondiente contraste en los estados financieros auditados, a fin de determinar si realmente existe concordancia entre las cifras presentadas en uno y otro informe o si hay posibilidad de realizar re cálculos a partir de la correspondiente información en los estados financieros auditados.

Evaluar la pertinencia de la información que se seleccionó para los estados financieros resumidos, bajo el derrotero de si tienen o no información necesaria y si su nivel de agregación es adecuado, por lo cual no hay lugar a inducción a error.

Confirmar que la organización cumple con su obligación de poner tanto los estados financieros resumidos, como los completos auditados, en conocimiento del público, sin excesiva dificultad, a no ser que alguna disposición legal acredite para lo contrario.

Elementos del informe de auditoría
El informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos tendrá los siguientes apartes:
1. Título que indique claramente la finalidad del informe del auditor.
2. Destinatario.
3. Introducción que incluya:
a. Identificación de los estados financieros resumidos sobre los que se informa.
b. Identificación de los estados financieros auditados.
c. Mención a los datos relacionados con el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados.
d. Verificación de que la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos es posterior a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados.

Requisitos de la aceptación del trabajo

I) Preparar los estados financieros resumidos de acuerdo con los criterios aplicados;
II) Poner los estados financieros auditados a disposición de los usuarios a quienes se destinan los estados financieros resumidos, sin excesiva dificultad.
III) Incluir el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos en cualquier documento que contenga los estados financieros resumidos e indicar que el auditor ha emitido un informe sobre ellos.

Acordar con la dirección la forma de la opinión que se ha de expresar sobre los estados financieros resumido.

El auditor incluirá una referencia apropiada a este hecho en los términos del encargo.

El auditor determinara el efecto que esto puede tener sobre el encargo para auditar los estados financieros de los cuales se derivan los estados financieros resumidos.

Naturaleza de los Procedimientos

El auditor deberá realizar los siguientes procedimientos, y cualquier otro procedimiento que considere necesario, como base para la opinión del auditor sobre los estados financieros resumidos:
 
Evaluar si los estados financieros resumidos revelan adecuadamente el hecho de ser resumidos e identifican los estados financieros auditados.

Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata sobre las responsabilidades del auditor relacionadas con un trabajo para informar estados financieros resumidos derivados de los estados financieros auditados, de acuerdo con las NIAS. 


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